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MATRICES DE RIESGO

Te presentamos nuestras plantillas de matrices de riesgo en materia laboral, de nómina, prevención de lavado de dinero para que las descargues y explores.

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“El riesgo viene de no saber lo que estás haciendo” Warren Buffett.

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Reducción de la jornada laboral

Estatus: En transición

Marco legal: reforma al Art. 123 constitucional (DOF 3-mar-2026) y decreto a la Ley Federal del Trabajo (DOF 1-may-2026).

Calendario de reducción: 48h hoy
46h en 2027
44h en 2028
42h en 2029
40h en 2030, sin disminución salarial ni de prestaciones.

Ventana de ajuste: todo 2026 es periodo de preparación; la primera reducción formal entra en vigor el 1 de enero de 2027.

Nueva obligación de control: registro electrónico de jornada (Art. 132, fracc. XXXIV LFT), exigible desde el 1-ene-2027.

Horas extra: tope semanal de 9h en 2026, escalando a 12h en 2030; la jornada total nunca puede exceder 12h diarias, y el excedente genera sanción salarial del 200%.

Riesgo de incumplimiento: mayor supervisión e inspecciones de la STPS, con sanciones por afectación salarial o por rebasar los límites de jornada/horas extra..

Beneficiario Controlador

Estatus: Vigente

Marco legal: Arts. 32-B Ter, Quater y Quinquies del Código Fiscal de la Federación.

Sujetos obligados: personas morales, fideicomisos, fiduciarias y demás figuras jurídicas constituidas en México.

Obligación central: identificar y mantener actualizado un expediente con la cadena de tenencia accionaria y el criterio usado para determinar al beneficiario controlador.

Se activa con: un requerimiento del SAT — la información debe exhibirse dentro del plazo señalado.

Riesgo de incumplimiento: multas de $500,000 a $2,000,000 MXN por cada beneficiario controlador no identificado o no reportado, además de posible afectación al sello digital..

Actividades vulnerables (PLD)

Estatus: Vigente

Marco legal: Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), particularmente su Art. 17 (actividades vulnerables) y su Reglamento.

Sujetos obligados: quien realice alguna de las actividades vulnerables del Art. 17 (inmobiliarias, fedatarios, joyería, blindaje de vehículos, tarjetas prepagadas, entre otras).

Obligación central: identificación de clientes/usuarios, integración de expediente y conservación documental por 5 años.

Reporte periódico: avisos mensuales ante la UIF dentro de los primeros 17 días del mes siguiente, al rebasar los umbrales aplicables.

Herramienta de control: manual de PLD, matriz de riesgo por cliente y monitoreo de operaciones inusuales o relevantes.

Riesgo de incumplimiento: sanciones económicas significativas y, en los casos más graves, responsabilidad penal para la persona física responsable del cumplimiento.